SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del imputado ARNALDO TOMAS JASSIR BORREGO, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, de conformidad con lo establecido en el articulo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante este Tribunal de Control. SEGUNDO: Se acuerda fijar acto de Audiencia Preliminar para el día Miércoles treinta (30) de Abril de 2008 a las once de la mañana (11:00AM), de conformidad con lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Queda registrada la Decisión bajo el N° 220-08, en el Libro de Registro de Decisiones llevados por este Tribunal en el presente año. Regístrese, publíquese, compúlsese las copias de ley. Quedan las partes notificadas del contenido de esta acta y de la decisión.