IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA por la MATERIA de este Órgano Jurisdiccional para conocer de la presente demanda dela presente demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado incoada por el ciudadano GUILLERMO ANTONIO MANDIQUEZ MUÑOZ, en contra de los ciudadanos MARIA CHIQUINQUIRA PARRA DE CARRIZO y RICARDO JESUS BAEZ, todos ampliamente identificados.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia alJUZGADO de PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por las razones de derecho dilucidadas en la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la remisión del expediente en original al JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.....