´DISPOSITIVA.
Bajo las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones como TÍTULO SUFICIENTE para asegurar la condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del "de cujus" EDISON JOSÉ LATAN YANCE, quien falleciera el día 18-07-2021, tal como se evidencia en el Acta de Defunción inserta bajo el Nº 37, Folio 037, suscrita por la abogada ANTONIETA MASSIMO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.427.682, en su carácter de Registradora Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a sus hijos LAURA EDISON LATAN OROZCO y EDISON LAUREN LATAN OROZCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.314.644 y V- 20.594.967, respectivamente.
Se ratifica que de conformidad con lo establecido en el artículo 93.....