Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO por mutuo consentimiento y en consecuencia,
• QUEDA DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: MARILIN DEL CARMEN OCHOA DE DELMORAL y JUSTO MIGUEL DELMORAL GRATEROL titulares de las cedulas de identidad números V-11.457.355 y V-11.139.337 respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, quienes contrajeron matrimonio civil en fecha veinticuatro (24) de septiembre del año mil novecientos noventa y tres (1993), por ante el Registro Civil de la Parroquia Ana Maria Campos del Municipio Miranda del Estado Zulia, según se evidencia en copia certificada de acta de matrimonio N°21.
No se hace es.....