Por los fundamentos expuestos, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
LA REPOSICION de la presente causa de DIVORCIO seguido por ELIEZER JOSE LISCANO PARRA en contra de DORA JOSEFINA SALCEDO ARAUJO, ya identificados en la parte narrativa de este fallo, al estado de que se agote la citación personal de la demandada.
No hay condenatoria en costas en virtud del carácter repositorio de ésta decisión.-
PUBLIQUESE, INSERTESE.