Obligación de Manutención: "...PRIMERO: El padre de los niños se compromete a suministrarle como OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, la cantidad de Un Mil Bolívares Bs. (1000,00) quincenales, para un total de Dos Mil Bolívares (Bs. 2000,00) mensuales, los cuales serán entregados a la madre de los niños y comprobados por medio de facturas o recibos por ante esa Defensoria del Niño, Niña y Adolescentes. SEGUNDO: Tanto el padre como la madre se comprometen a sufragar gastos medico, educativos, vestidos, Navideños, recreativos y culturales y así lo aceptan ambas partes...". Régimen de Convivencia Familiar: "...PRIMERO: Los niños quedaran bajo el cuidado y responsabilidad de la madre y el padre se compromete a VISITARLOS, en las temporadas de vacaciones será semanas alternas al comenzar las actividades escolares serán fines de semanas alternos, siempre que no interrumpa sus siestas, ni labores escolares, ni el padre se encuentren en estado de ebriedad, pudiendo llevarlos con el de paseo o a casa de .....