En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y Falcón, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente Acusación interpuesta por la ciudadana YAMIRIS GONZALEZ, Fiscal Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Zulia contra los imputados ciudadanos GUILLERMO ENRIQUE URDANETA PINEDA Y LUIS GUILLERMO URDANETA SERRUDO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad No. 5.559.033 y 9.764.008, respectivamente, domiciliados en el Municipio La Cañada de Urdaneta, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de INVASION previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la COOPERATIVA SANTA PASCUA 6233, debidamente registrada por su Acta Constitutiva y Est.....