EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, REALIZO EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: Se ordena el diferimiento de la Audiencia conforme al articulo 313 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, fijado para el día de hoy, y se ordena citar por intermedio de la Comisaría del Valle del Instituto Neoespartano de Policía, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA) , de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines que comparezca ante este Tribunal y asista a la audiencia conforme a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal en la solicitud N° 000045/2006 relativa al asunto N° OP01-P-2006-002459. Igualmente se ordena fijar nuevamente la Audiencia para el día MIERCOLES DIECISIETE (17) DE ENERO DEL AÑO 2007 A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA, quedando .....