Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOSÉ FRANCISCO VILLEGAS FERNÁNDEZ y MARCELINA MARIBEL MIRANDA DE VILLEGAS en fecha Veintinueve (29) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Santa Isabel del Municipio Andrés Bello del Estado Trujillo, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 08, acompañada a los autos en copia certificada.