Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN propuesta por la ciudadana YAMELIS GONZÁLEZ para la rectificación del acta de defunción perteneciente al ciudadano MANUEL GONZÁLEZ, ya identificado en el texto del presente fallo, signada bajo el N° 27, asentada el día 12 de enero de 2001, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.