IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos LEDIS GEOBER BERRUETA ESPINOZA y REINA FLAVIA MORILLO, venezolanos, mayores de edad, con cedulas de identidad Nos. V- 11.858.617 y V- 12.571.229, con correo electrónico: morilloreina87@gmail.com y geoberberrueta@hotmail.com, con números telefónicos: 0412-729-41452 y 0412-657-7015, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diecisiete (17) de Mayo de 1996, ante la Unidad Registro Civil del Municipio Mario Br.....