PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A presentada por los ciudadanos LUIS RAFAEL RODRIGUEZ ACOSTA, titular de la cédula de identidad N° V-12.675.311 y ANGELA DEL VALLE ESCOBAR FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° V-11.854.340, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta en fecha diecinueve (19) de octubre de mil novecientos noventa y cuatro (1994), la cual quedó inserta bajo el 86, folio vuelto del 34, folio 35 y su vuelto, cuya acta reposa en los Libros del Registro Civil de Matrimonios de la Oficina de Registro Civil del Municipio Marcano del estado Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Regis.....