DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: DANILO ALBERTO COLMENARES AGUILAR Y DENICE DEL CARMEN ROMERO SILVA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.759.646 y V-5.846.983 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el Veintidós (29) de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Uno (1991), por ante el Prefecto de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 475.
2) Cúmplase con el proveimie.....