PRIMERO: DECRETA DEFINITIVAMENTE SOMETIDA A INTERDICCIÓN JUDICIAL a la ciudadana MARIA SCIOMENTA DE COLAIUDA, de nacionalidad italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E.- 616.089, designándose como TUTORA DEFINITIVA de la mencionada entredicha a la ciudadana MARY COLAIUDA SCIOMENTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-7.739.850, quien deberá comparecer por ante este Tribunal una vez declarada firme la presente decisión, en el tercer día hábil de despacho siguiente a que conste en autos su notificación, a manifestar su aceptación o excusa, sobre el cargo recaído en su persona, y en el primero de los casos prestará el juramento de Ley. Expídase copia certificada de este decreto y del acto de juramentación del Tutor Definitivo designado, a los fines de su registro por ante el Registro Subalterno del Municipio Lagunillas y Valmore Rodríguez del Estado Zulia, en cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 506 y 507 del Código Civil, en.....