PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 24 de abril de 2007, por el abogado en ejercicio TULIO MARQUEZ URDANETA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano PIETRO SCIDDURLO BONASORA.
SEGUNDO: REVOCA la sentencia definitiva dictada por el por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 20 de diciembre de 2011; proferida en el juicio que por ABUSO DE DERECHO, ACCIÓN MERO DECLARATIVA, NULIDAD DE CONTRATO DE OBRA, REIVINDICACIÓN, DAÑOS Y PERJUICIOS, y DAÑO MORAL; sigue el ciudadano PIETRO SCIDDURLO BONASORA, contra las sociedades mercantiles IMGEVE, C.A., y ACER DISEÑOS Y CONSTRUCCIONES C.A., todos antes identificados; en consecuencia se declara:
o Improcedente en derecho la defensa de fondo de falta de cualidad activa para sostener el juicio alegada por la representación judicial de la parte demandada.
o Improcedente en derecho el alegato de las demandadas.....