DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
1. Se declara INCOMPETENTE para conocer la demanda por Nulidad de Venta interpuesta por la ciudadana NORA ESTHER ORDAZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 11.420, actuando en el carácter de apoderada judicial del ciudadano MIGUEL ANGEL SOTO VILORIA, titular de la cédula de identidad no. V-10.433.114, celebrado entre el MUNICIPIO MARACAIBO y la ciudadana YOLEIDA BARROSO DE VILLASMIL, titular de la cédula de identidad No. V-9.725.695, y subsidiariamente el ACTA DE LA SESIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MARACAIBO, mediante la cual se desafecto el terreno de su condición ejidal y se autorizó la venta a la identificada compradora.
2. Ordena la REMISIÓN DEL EXPEDIENTE a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunale.....