EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Ordena el Diferimiento de la Audiencia Preliminar en el presente proceso seguido en contra del adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA, para que tenga lugar el día LUNES DIECINUEVE (19) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL SIETE (2007), A LAS DIEZ (10:00) HORAS Y MINUTOS DE LA MAÑANA. SEGUNDO: Acuerda lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Publico, en relación a la Captura del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por intermedio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Nueva Esparta (CICPC)de conformidad con el Articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto consta en el Folio 155, del presente expediente, de acuerdo a lo informado por el Padre del mismo IDENTIDAD OMITIDAque este se había mudado al Estado Vargas,. Es todo". Líbrese el correspondiente oficio, y boleta de Notificación a la Vic.....