El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena a la ciudadana MAYRA ARACELIS MOSQUERA LEAL, Venezolana, natural de Coro Estado Falcón, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 6-05-1.982, soltera, oficios del hogar, hija de Gustan Mosquera y Gladys de Mosquera, domiciliada en el sector el Lucero, calle Barlovento, casa sin número, cerca del botadero de basura, Cabimas Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la Comisión del Delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRAFICO ILÍCITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio del Estado Venezolano. Se condena igualmente a las penas accesorias establecidas en los Artículos 16 y 34 del Código Penal.