DISPOSITIVO
En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a fin de garantizar el cumplimiento de dicha obligación por parte del demandado y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 646 ut supra transcrita, DECRETA en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), seguido por la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DADICA, con el Registro de Información Fiscal (RIF) número J-295536607, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 08 de Febrero de 2008, bajo el número 50, Tomo 3-A; expediente 21970 contra la Sociedad Mercantil ONYX, COMPAÑÍA ANÓNIMA, con el Registro de Información Fiscal (RIF) número J-30643688-0, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Jud.....