PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) presentada por la ciudadana GLADYS CAROLINA LOPEZ OLIVIERI, titular de la cédula de identidad N° V-11.909.141 contra el ciudadano EDINSON JESUS PEREZ SANDOVAL, titular de la cédula de identidad N° V-12.316.965, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil por ellos celebrado por ante la Prefectura del Municipio Libertador del estado Carabobo, en fecha dieciocho (18) de noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996), según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, que quedó inserta bajo el Nº 350 del Libro de Registro de Matrimonios llevados por la Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, .....