este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la presente demanda incoada por el Abogado ISAÍAS JOSÉ CARRERAS D´ ENJOY, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.806, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano CARLOS EDUARDO PAZ PEÑA, contra la empresa CORPORACIÓN M, C.A., y los ciudadanos GUSTAVO EDUARDO MAESO LANDO y LUÍS FELIPE GUARACHE CHOPITE, por COBRO DE SALARIOS, en el asunto signado con el N° OP02-L-2008-000699, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay cond.....