CULPABLE y se CONDENA al acusado DANIEL JOSÈ AMAYA SUAREZ,por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 31 de la previsto y sancionado en el artículo 31 de Ley Orgánica Sobre el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas con la agravante PREVISTA EN EL ORDINAL 05 DEL ARTÍCULO 46 EJUSDEM, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO.