Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: parcialmente con lugar la oposición formulada por el ciudadano Carlos Aramac Prato Sánchez, asistido por la profesional del derecho Eliana Rodríguez, inscrita en el inpreabogado Nro. 148.348, en el sentido de que se modifica la medida preventiva de embargo decretada por este juzgado en fecha 19 de
julio del año 2001, en consecuencia se ajusta la medida preventiva de embargo a un 5% sobre el salario o sueldo integral que devenga el ciudadano Carlos Aramac Prato Sánchez, como trabajador de la empresa Pdvsa, para lo cual se ordena oficiar a la referida compañía, específicamente al ciudadano Jesús Quintero, en su condición de analista de planificación y gestión, a los fines de informarle lo.....