Por los fundamentos arriba establecidos, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO : CON LUGAR, lo solicitado por la víctima de la presente causa ciudadana: MILA ESTELA RODRIGUEZ QUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.995.369, con residencia en Campo Niquitao, calle 18, Abasto Roger de la población de la Concepción, Municipio Jesús Enrique Losada del Estado Zulia, en consecuencia SE REVOCA la Medida de Protección y Seguridad impuesta al imputado: JOSE ANTONIO ZABALA, por parte de la fiscalía Tercera del Ministerio Público, prevista en el articulo 87 ordinal 3° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, por lo que queda en su derecho de ingresar nuevamente a l.....