en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana HILDA RAMONA TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.242.514. SEGUNDO: Se declara como CARGA FAMILIAR de la ciudadana HILDA RAMONA TORO, ya identificada, al niño OMITIDO CONFORME A LA LEY, de ocho (8) años de edad, toda vez que en el desarrollo de la audiencia, se evidenció que ha contribuido con los gastos generados con ocasión a la crianza del mismo, lo cual se desprende de los recaudos consignados y de testimonios de personas, respecto de quienes se presume su buena fe, hasta prueba en contrario