DECRETAR LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE: (NOMBRE. OMITIDO. ARTICULO 545 LOPNNA), Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, de 17 años de edad, titular de la cedula de identidad No, 24.955.153, fecha de nacimiento 17/05/1992, de Oficio Estudiante de Noveno año de Bachillerato, hijo de Maria del Carmen Moreno y de Ricardo José Lois, residenciado Barrio Ajonjolí, avenida 24 con calle 32, casa 32-95, Parroquia Idelfonso Vásquez Municipio Maracaibo del Estado Zulia. En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal de los Adolescentes arriba identificados, en la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto y sancionado en los artículos 455 y 458 y 83 todos del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Sobre la base de las pautas para determinar la sanción, de conformidad con el Artículo 622 de la Ley Orgánica Pa.....