Por todo lo antes expuesto este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de las atribuciones y facultades que le confieren los artículos 578 de la LOPNA en concordancia con el 330 del COPP, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley especial decide: PRIMERO:Admite totalmente la Acusación interpuesta ante este Tribunal en fecha 20-08¬2005 por ante el Departamento de Alguacilazgo, por la ciudadana Fiscal Trigésima Séptima Auxiliar del Ministerio Público Dra. BLANCA YANINE RUEDA, Y ratificada en el acto de Audiencia Preliminar por la DRA. JOSEFA PINEDA ARMENTA,en contra del acusado adolescente (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE POR CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDO EN EL ARTICULO: 545 DE LA LOPNA), como son los delitos de DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, en calidad de AUTOR, por motivo fútiles e Innobles en perjuicio de LISSETH DEL VALLE QUI.....