Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JOAN MANUEL ENEZ BARRIOS, Venezolano, Natural de Maracaibo Estado Zulia, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, Fecha de Nacimiento 24-10-1.980, titular de la cédula de identidad No. V- 15.195.559, hijo de Felipe Antonio Enez y Thais Coromoto Barrios, residenciado en Barrio Bicentenario, calle 79, avenida principal del Marite, no sabe el número de la casa, a media cuadra de la Agencia de Loterías ¿Yorman¿, Municipio Maracaibo Estado Zulia; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, mas las Accesorias de Ley, es decir, a la Interdicción Civil e inhabilitación política mientras dure la pena y a la sujeción de vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que est.....