Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil venezolano, declara: CON LUGAR el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de los ciudadanos FRANCIS OLIMAR CHOURIO ANTUNEZ y LARRY JESUS GONZALEZ MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 7.833.141 y 10.420.945, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, se declara disuelto el vínculo de Matrimonio Civil que ellos contrajeron en fecha veintitrés (23) de octubre de mil novecientos noventa y dos (1992), por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Marcial Hernández del Municipio San Francisco del Estado Zulia, según Acta No. 91.
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