Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL suscrito entre Abogada en ejercicio CARMEN LUCIA SANTELIZ, apoderada judicial de los ciudadanos ANSELMO JOSÉ JIMÉNEZ RODRÍGUEZ y ALEXANDRA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad Nros. 12.224.705 y 15.679.767 respectivamente y las Entidades de Trabajo TEAM 321, C.A e INVERSIONES NAVIERA DEL CARIBE ("NAVIBUS"), dándole efecto de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el ordinal 2, del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y, artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena el archivo del presente expediente en su debida oportunidad.