DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Dra. EUDY DIAZ DIAZ, en su carácter de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, contra de los ciudadanos JOHANNA JENIER ALGUELLO FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-22.653.537, JESUS DAVID ALGUELLO FERRER y CHIQUINQUIRA DEL VALLE MARCANO BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.438.337 y sin cédula de identidad respectivamente, de conformidad con el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 07 de Agosto del año 2003, distinguida con la nomenclatura Nº 2140.
Notifíquese a la Jueza Dra. EUDY DIAZ DIAZ, lo decidido en este asunto, con remisión de la copia certificada del fallo y el presente Cuaderno de Inhibición, a los fines de ser agregado al asunto principal distinguido.....