1) ADMITE TOTALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACION, formulado por la Fiscalía 37° del M.P, de fecha 06-07-2007, en contra del adolescente acusado(SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO EN CALIDAD DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, conforme al artículo 578 literal "a" de la LOPNA; así mismo, ADMITE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL REPRESENTANTE FISCAL, en todo su contenido por ser pertinentes, útiles y necesaria, razón por la cual se admite totalmente las pruebas tanto las testimoniales como las documentales 2) DECLARA LA PROCEDENCIA DE LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, de conformidad con los artículos 583 de la LOPNA, en concordancia con el 376 del COPP expuesta por el adolescente (SE OMITE). 3) Se procede a dictar SENTENCIA CONDENATORIA, de conformidad con los Artículos 578 Literal "f",583, 603, de la LOPNA, en contra del adolescente acusado (SE OMITE ), por la .....