DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Felicia Rosa Ojeda y Luis Ramón Briceño, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.005.671 y 13.575.341, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Enys Romero, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 240.331.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Felicia Rosa Ojeda y Luis Ramón Briceño, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.005.671 y 13.575.341, respectivamente, ante el Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del estado Zulia,.....