se mantiene el ESTADO DE REBELDIA hasta tanto se realice la audiencia preliminar en la cual deberá emitirse el pronunciamiento respectivo, y vista que el prenombrado joven adolescente (SE OMITE), se encuentra recluido en el Reten Policial de Cabimas, se ordenar el CESE de la UBICACIÓN y TRASLADO del joven, para lo cual fuese comisionada los siguientes órganos policiales: POLICIA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA, DEPARTAMENTO POLICIAL VALMORE RODRIGUEZ, CUERPO DE INVESTIGACIONES, CIENTIFICAS, PENALES y CRIMINALISTICAS SUBDELEGACIÓN CIUDAD OJEDA, COMANDO DE LA GUARDIA NACIONAL, DESTACAMENTO 33 CON SEDE EN BACHAQUERO, a quienes se ordenan oficiar participando lo decidido.-