Por todo lo antes expuesto, y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara con lugar el pedimento Fiscal. Se impone al ciudadano WINDER JAVIER BRACHO BAEZ, antes identificado, Medida Cautelar Sustitutiva, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JENNYS YANIXI BRAVO MARTINEZ, de conformidad con el artículo 256, numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, y Medida de Protección y de Seguridad, a favor de la víctima, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numeral 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenci.....