declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos JUAN EMILIO MONTIEL MARQUEZ Y YUALIS CAROLINA HERNÁNDEZ VILLALOBOS, ya identificados.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante la Jefatura Civil de la parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1.998), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No.400, expedida por la misma.