Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano EDGAR GIOVANNI CORREA RODRÍGUEZ, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos OBTENCION DE BIENES Y SERVICIOS EN GRADO DE FRUSTRACION Y APROPIACION DE TARGETAS INTELIGENTES O INSTRUMENTOS ANALOGOS, previsto y sancionado en los Artículos 15 y 17 de la Ley especial contra los delitos informáticos, en relación con el Art. 80 en su ultimo aparte del Código penal, mas las accesorias de ley a que hace mención el articulo 16 del Código Penal. De conformidad con lo establecido en los artículos 15 y 17 ambos de la ley especial contra los delitos informáticos, este Tribunal le impone al acusado a pagar la multa de TREINTA UNIDADES TRIBUTARIAS. Todo de conformidad con lo es.....