Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa demandada CERVECERIA TASCA LOS ARRIEROS, C.A., a través de su representante legal JOSE JAIR PARRA AGUDELO, debidamente asistido por el abogado ALEXANDER DIAZ GUZMAN, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva de Esparta, en fecha 22-09-2.003. SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva de Esparta, en fecha 22-09-2.003. TERCERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la Acción de Cobro de Bolívares incoa.....