Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de revisión, interpuesto por los profesionales del derecho EDITH VASQUEZ DE VIELMA e IVAN VIELMA, Abogados en Ejercicio, titulares de la cédula de identidad Nº 9.717.033 y Nº 7.613.186, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 158.438 y 158.439 actuando en su carácter de DEFENSORES PRIVADOS del ciudadano LEONEL MOISES ROMERO Titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.705.274. Acción recursiva ejercida contra la sentencia condenatoria por admisión de hechos, de fecha 24 de abril de 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual condenó al mencionado ciudadano a cumplir la pena de QUINCE (15) DE AÑOS DE PRISIÓN, mas.....