Se publicó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, mediante la cual este Tribunal: 1. HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ ANTONIO RIVAS ARGUELLO y la sociedad mercantil ASUNTOS Y SERVICIOS PETROLEROS PETROSEMA C.A., y de manera solidaria el ciudadano JORGE CÁRDENAS BORREGO, demandado a título personal, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente procedimiento. 2. ORDENA la devolución de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. 3. SE ABSTIENE de archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento de lo acordado. 4. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.