Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JESÚS BENITO URDANETA, en su condición de defensor privado del ciudadano ALEXANDRO ENRIQUE REYES, contra la decisión N° 489-13, de fecha 02.05.2013, emitida por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual admitió totalmente la acusación fiscal presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, ordenó el auto de apertura a juicio y acordó mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en co.....