a) CON LUGAR la demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana YASMELY JOSEFINA ARAUJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 12.099.826, en contra del ciudadano JOSE ANGEL VILLASMIL PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 12.099.753, a favor de la niña MEELY CAROLINE VILLASMIL ARAUJO.
b) SE MANTIENEN las cantidades de dinero fijadas en la sentencia de fecha 31 de Mayo de 2007, dictada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 1.
c) El ciudadano JOSE ANGEL VILLASMIL PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 12.099.753, adeuda la cantidad de NUEVE MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (BsF. 9.600,00), correspondientes a las 48 mensualidades de manutención desde el mes de Mayo de 2007, hasta el mes de Mayo de 2011, a razón de DOSCIENTOS BOLIVARES (BsF.....