Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada CONSTRUCCIONES CELIA C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de abril de 2011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano GERARDO CELESTINO VARGAS en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES CELIA C.A., en base al cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.- TERCERO: SE CONFIRMA la decisión apelada.- CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada recurrente CONSTRUCCIONES CELIA C.A., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.....