Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR, al penado: AUGUSTO GONZALEZ, Venezolano, natural de Machiques, Estado Zulia, Cédula de Identidad Nº V-14.374.308, de 26 años de edad, de profesión u oficio obrero, soltero, hijo de Juan Fernández y Clara Gonzalez, residenciado en Barrio Nuevo Porvenir, Calle Sinamaica, Nº 163, Carretera L, (al fondo del Centro Hispano) Ciudad Ojeda, Estado Zulia, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° en concordancia con el Segundo y Tercer Aparte del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.- Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación y remítase con oficio a la Cárcel Nacional de Maracaibo. Asimismo, se ordena oficiar a la Unidad Técnica d.....