IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos YUJANY YANETH GONZALEZ BRACHO y DANIEL ALBERTO TARRE BOSCAN, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nos. V- 13.209.214 y V- 9.796.532, domiciliados en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha trece (13) de Julio de 1995, ante la Unidad Registro Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia, según se evidencia del acta de Matrimonio Nº 144 con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concaten.....