IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada REINA ROMERO ALVARADO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL en contra del auto dictado en fecha 04-02-2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 04-02-2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: SE ORDENA al Tribunal de la causa a que proceda a la homologación del convenimiento de pago (acto de composición voluntaria, respecto al cumplimiento de la sentencia defi.....