En virtud de lo cual, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA,de conformidad con la señalada Ley y en estricto acatamiento a la Jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia, SUSPENDE la ejecución de la medida de entrega decretada, y acuerda la remisión de la presente comisión al Juzgado de la causa a los fines de que se cumplan los requisitos concurrentes y de impretermitible cumplimiento contenidos en los Artículo 12 y 13 del señalado Decreto. En consecuencia, ordena remitir la presente comisión con todos sus anexos al Tribunal de..................