En este estado presente la apoderada actora, abogada MARIA ALEJANDRA NAVARRO expuso: señalo al Tribunal para que sea embargado preventivamente los siguientes conceptos PRIMERO: El 50% de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales que le correspondan al demandado MELEAN MEDINA WILLIAN JOSE, antes identificado como trabajador de la empresa TUCKER ENERGY SERVICIO, en caso de adelanto, despido, retiro voluntario, jubilación o muerte que puedan corresponder a la terminacion de sus servicios.- En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas De Los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas, Simon Bolivar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA formalmente embargado preventivamente: PRIMERO: El 50% de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales que le correspondan al demandado MELEAN ME.....