III. DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL, en favor del CARLOS RAUL SALAS GONZALEZ, de nacionalidad venezolano Maracaibo, Estado Zulia, indocumentado, hijo de RAUL SALAS Y ROSA GONZALEZ, residenciado en el Barrio Sierra Maestra, Calle 6, con Avenida 5, cerca del Abasto Mi Campito, San Francisco, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Código Penal, toda vez que el hoy penado ya cumplió con la pena Principal, relativa ala Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad.
Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo, ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Notifíquese a la Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público, a la defensa y a.....