Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurada por los ciudadanos GENESIS LEXANDRA IZARRA RIVAS y JORGE LUIS MENGUAL VARELA, titulares de las cedulas de identidad No. V- 30.217.085 y V- 20.692.672, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio LINDA LOPEZ MEDINA, titular de la cedula de identidad No. V- 11.859.367, e inscrita en el inpreabogado bajo el No. 239.329.- En consecuencia, se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en .....